Primera Sala aclara que desarchivo no es gestión útil en abandono del procedimiento

La Primera Sala de la Corte Suprema en sentencia del 22 de febrero de 2022, Rol 11198-2021, señaló que el desarchivo no es gestión útil en abandono del procedimiento.

Indicó la sentencia que «analizados los antecedentes se observa que los sentenciadores resolvieron acertadamente acoger el incidente de abandono del procedimiento, efectuando una correcta aplicación al artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, pues recaía en el ejecutante la carga procesal de efectuar todas las gestiones o actuaciones conducentes a obtener el cumplimiento forzado de la obligación. En efecto y tal como esta Corte ha resuelto en causas roles N°6977-15, N°76268-16 y N°6861-17, la mera solicitud de desarchivo no constituye una gestión útil, al carecer de la trascendencia jurídico procesal que se requiere para la prosecución del juicio. Se trata de una actuación que si bien puede ser considerada necesaria, por sí sola no puede ser dotada del carácter de útil, pues sin la materialización de una actuación posterior de apremio no resulta eficaz a tal fin, como ocurrió en el caso de autos, en que la solicitud de desarchivo ni siquiera fue tramitada en el Archivo Judicial como lo consignan los sentenciadores, debiendo solicitar otra un año después, la que tampoco derivó en una actuación posterior que promoviera el avance del juicio tendiente al cumplimiento de la obligación, antes de cumplirse el término de tres años de inactividad procesal, de modo que no tuvieron la aptitud de interrumpirlo como lo invoca el recurrente y lo descartan acertadamente los jueces del fondo».

Concluyó que «de lo reflexionado precedentemente queda en evidencia que al negar los jueces del fondo el necesario atributo de “utilidad” las referidas diligencias que invocó el recurrente, lejos de contravenir el artículo 153 del Código de Procedimiento Civil, le han dado una correcta aplicación, de modo que no han incurrido en los errores de derecho denunciados al acoger el incidente deducido».

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