La Corte de Apelaciones de Concepción, en sentencia dictada el 23 de abril de 2025, Rol 1469-2023, señaló que se configura falta de servicio de salud al acreditarse que paciente durante estadía en Hospital fue afectada por infección intrahospitalaria que le produjo la muerte.
El fallo argumentó que «en cuanto a la no existencia de una falta de servicio en los hechos que sirven de fundamento a la demanda de autos, este tribunal de alzada también comparte el razonamiento contenido en la sentencia apelada, y expuesto en sus motivos 15 y 16 , en cuanto a que es un hecho de la causa que doña M. durante su estadía en el Hospital Guillermo Grant Benavente, fue afectada por una infección intrahospitalaria que le produjo la muerte, lo que evidencia una falla estructural del servicio por falta de condiciones sanitarias necesarias para la atención del paciente, pues frente a dicha situación el referido hospital debió adoptar las medidas de prevención necesarias para que ella no se produjera y, luego de producida la infección, le correspondía adoptar también todas las medidas suficientes para abordarla de forma adecuada, no resultando acreditadas – en forma precisa y concreta – cuáles de aquellas fueron adoptadas en este caso particular«.
