Tendencias de las Cortes sobre mandato judicial

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1.- Reafirmación del carácter solemne del mandato, pero con apertura a soporte electrónico “equivalente”

La Corte Suprema y Cortes de Apelaciones tienden a mantener la exigencia de las formas del art. 6 CPC, pero reconociendo validez cuando el poder consta en instrumentos con firma electrónica avanzada o en instrumentos que cumplen la solemnidad (p. ej., escritura pública), evitando formalismos adicionales.

2.- Contención del “exceso de ratificaciones” cuando ya existe escritura pública o firma electrónica

Se aprecia una línea protectora del derecho a defensa: se revocan decisiones que exigen ratificación adicional cuando el mandato ya fue conferido por escritura pública (art. 6 CPC), o cuando el poder/patrocinio ya quedó válidamente constituido; la ratificación de Ley 20.886 se mira como exigible solo en sus supuestos (p. ej. firma electrónica simple o situaciones específicas), no como requisito universal.

3.- Distinción nítida entre patrocinio y mandato judicial (y consecuencias procesales)

Varias Cortes recalcan que patrocinio (defensa técnica) y mandato judicial (representación) son instituciones distintas; el error de confundirlas lleva a exigir trámites no previstos (p. ej., pedir que el mismo abogado “se ratifique” cuando él es el propio patrocinante y ya hay escritura pública).

4.- Agencia oficiosa y ratificación “ex post”: estándar estricto (no sirve para convalidar cualquier falta de poder)
Cuando se litiga sin poder suficiente, la tendencia es a no admitir convalidaciones tardías si no se cumplen los requisitos legales de la agencia oficiosa (garantía, aceptación, plazo judicial para ratificar, etc.).

5.- Control de “apercibimientos” por patrocinio/poder: se revisa si correspondía legalmente y si hubo indefensión

En materia de tramitación electrónica, se aprecia una tendencia a corregir apercibimientos aplicados mecánicamente (tener por no presentado) cuando el defecto estaba subsanado, el mandato era válido, o el plazo aplicado no era el correcto para el supuesto.

6.- Criterio sobre impugnabilidad: calificación de personería como trámite del tribunal (a veces inapelable)

Hay decisiones que califican la resolución que “tiene por acreditada” la representación como providencia/trámite propio de la dirección del proceso, no necesariamente apelable como incidente autónomo.

Sentencias

Suprema, 6743-2021. Plena validez de mandato judicial por escritura pública con firma electrónica avanzada
Corte Suprema (Primera Sala), 9 de julio de 2021, Rol 6743-2021
Reconoce que el mandato judicial es solemne y debe acreditarse en las formas del art. 6 CPC; valida la comparecencia cuando el poder consta en escritura pública y se utiliza firma electrónica avanzada en los instrumentos pertinentes.
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Corte Suprema. Plena validez de mandato judicial por escritura pública con firma electrónica avanzada

Corte de Rancagua. Apercibimiento de artículo 7 de Ley N°20.886. Mandato judicial otorgado por escritura pública. Ratificación adicional
Corte de Apelaciones de Rancagua, 11 de mayo de 2026, Rol 587-2025
Revoca tener por no presentada contestación cuando se exigió ratificación extra pese a existir mandatos por escritura pública (art. 6 CPC); enfatiza que el art. 7 Ley 20.886 regula hipótesis distinta y que el formalismo afectó defensa.
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Corte de Rancagua. Apercibimiento de artículo 7 de Ley N°20.886. Mandato judicial otorgado por escritura pública. Ratificación adicional

Corte de Rancagua. Exigencia de ratificación conforme a la Ley 20.886 procede si el patrocinante es distinto del apoderado
Corte de Apelaciones de Rancagua, 10 de junio de 2026, Rol 1187-2025
Distingue patrocinio y mandato; sostiene que no corresponde imponer ratificación del patrocinio cuando el abogado actúa como patrocinante y ya existe mandato por escritura pública, reservando la ratificación para supuestos en que efectivamente proceda.
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Corte de Rancagua. Exigencia de ratificación conforme a la Ley 20.886 procede en el evento que el abogado patrocinante fuere uno distinto al que se le concedió el mandato judicial

Corte de Rancagua. Apercibimiento de artículo 2° de Ley N°18.120. Escrito enviado desde OJV. Ratificación del mandato judicial
Corte de Apelaciones de Rancagua, 10 de junio de 2025, Rol 656-2024
Analiza tramitación electrónica: si el poder se confirió con FEA en el mismo escrito, no corresponde exigir ratificación posterior; además, controla el uso de plazos/apercibimientos cuando no son los legalmente aplicables al caso.
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Corte de Rancagua. Apercibimiento de artículo 2° de Ley N°18.120. Escrito de contestación enviado desde OJV. Ratificación del mandato judicial

Copiapó, 226-2022. Exigir escritura pública pese a mandato con FEA bajo apercibimiento configura invalidación de oficio
Corte de Apelaciones de Copiapó, 8 de agosto de 2022, Rol 226-2022
Invalida actuaciones cuando el tribunal impone una carga formal innecesaria (exigir escritura pública) pese a existir mandato con firma electrónica avanzada, y se termina afectando el derecho de defensa.
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Corte de Copiapó. Exigir escritura pública donde consta mandato con firma electrónica avanzada bajo apercibimiento configura que Corte de Apelaciones invalide de oficio dicha actuación

Suprema, 47867-2016. Comparecencia sin mandato suficiente. Requisitos para ratificación de lo obrado
Corte Suprema, 16 de enero de 2017, Rol 47867-2016
En juicio ejecutivo, acoge tesis de falta de personería: la ratificación posterior no valida lo obrado si no se ajustó a la agencia oficiosa del art. 6 CPC (requisitos y forma).
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Corte Suprema. Comparecencia en juicio conforme a mandato conferido. Requisitos para ratificación de lo obrado

Santiago, 7361-2018. Agencia oficiosa improcedente sin cumplir requisitos del art. 6 CPC
Corte de Apelaciones de Santiago, 3 de diciembre de 2018, Rol 7361-2018
Niega eficacia a una supuesta agencia oficiosa por no constar garantía, aceptación y plazo; considera improcedente convalidar ex post un actuar sin poder suficiente.
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Corte de Santiago. No se tiene calidad de agente oficioso si no se cumple con los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento Civil

Corte de Antofagasta. No procede exigir al sindicato mandatos judiciales individuales de todos los trabajadores
Corte de Apelaciones de Antofagasta, 23 de diciembre de 2025, Rol 405-2025
Rechaza un estándar formal que condiciona la legitimación activa sindical a mandatos individuales masivos, cuando la representación colectiva tiene reconocimiento legal en la materia.
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https://stagin.ijuridica.cl/2025/12/corte-de-antofagasta-no-procede-exigir-a-organizacion-sindical-acreditacion-de-mandatos-judiciales-individuales-de-todos-los-trabajadores-involucrados-en-demanda-de-cobro-de-cotizaciones-y-denuncia-de-practica-antisindical/

Corte de Antofagasta. Resolución que tiene por acreditada la representación judicial no resuelve incidente autónomo y no es apelable
Corte de Apelaciones de Antofagasta, 19 de enero de 2026, Rol 1439-2025
Califica la decisión sobre suficiencia del mandato como un control propio de la regularidad procesal (trámite), sin carácter de incidente autónomo; por ello, la trata como inapelable en el caso.
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Corte de Antofagasta. Resolución que tiene por acreditada la representación judicial no resuelve un incidente autónomo y no es apelable

Corte de Concepción. Responsabilidad contractual del abogado y pérdida de la chance. La revocación del mandato no extingue responsabilidad por incumplimientos previos
Corte de Apelaciones de Concepción, 2026 (ver publicación), Rol y fecha en la publicación
Distingue el vínculo de servicios profesionales y el mandato judicial; sostiene que la revocación opera hacia el futuro y no elimina responsabilidad por omisiones/negligencias ocurridas durante la vigencia del encargo.
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Corte de Concepción. Responsabilidad contractual del abogado y pérdida de la chance. La revocación del mandato judicial no extingue la responsabilidad por incumplimientos previos

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